ALQUILERES: CÓMO DEDUCIRLO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Por Claudio Raso
Algunas de las reformas del impuesto a las Ganancias
aprobadas a fines del año pasado en el Congreso Nacional ya comenzaron a regir.
Una de ellas es la posibilidad de deducir hasta el 40% del valor del alquiler,
que a lo largo del año no puede superar los $ 51.967, lo que sería un máximo de
$ 4.330 por mes.
Los contribuyentes que estén interesados en realizar
las deducciones de este gravamen deberán hacerlo a través del Sistema de
Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig),
en la página de la AFIP. el sistema
estará habilitado desde el 1ero de marzo hasta el 31 del mismo mes. Solamente
podrán disfrutar de este beneficio los inquilinos que tengan una vivienda
única y no sean titulares de inmuebles.
Este cambio en Ganancias
implica también, para la AFIP, la posibilidad de controlar más y mejor el
negocio de los alquileres. Según el organismo público, cerca del 50% de los
alquileres no se declaran, lo que impacta negativamente en la recaudación
impositiva. Para poder hacer las deducciones, el inquilino deberá enviar una
copia del contrato en formato PDF y, de forma mensual, presentar los datos de
la factura emitida por el dueño del inmueble o de la inmobiliaria, según cómo
haya sido el alquiler.
Por último, cabe destacar que si bien al sistema
Siradig recién se podrá entrar en marzo, el beneficio impositivo será
retroactivo al 1er de enero.
Claudio Raso
Marzo 2017