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lunes, 6 de marzo de 2017

ALQUILERES:  CÓMO DEDUCIRLO DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Por Claudio Raso






Algunas de las reformas del impuesto a las Ganancias aprobadas a fines del año pasado en el Congreso Nacional ya comenzaron a regir. Una de ellas es la posibilidad de deducir hasta el 40% del valor del alquiler, que a lo largo del año no puede superar los $ 51.967, lo que sería un máximo de $ 4.330 por mes.

Los contribuyentes que estén interesados en realizar las deducciones de este gravamen deberán hacerlo a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig), en la página de la AFIP.  el sistema estará habilitado desde el 1ero de marzo hasta el 31 del mismo mes. Solamente podrán disfrutar de este beneficio los inquilinos que tengan una vivienda única y no sean titulares de inmuebles.

 Este cambio en Ganancias implica también, para la AFIP, la posibilidad de controlar más y mejor el negocio de los alquileres. Según el organismo público, cerca del 50% de los alquileres no se declaran, lo que impacta negativamente en la recaudación impositiva. Para poder hacer las deducciones, el inquilino deberá enviar una copia del contrato en formato PDF y, de forma mensual, presentar los datos de la factura emitida por el dueño del inmueble o de la inmobiliaria, según cómo haya sido el alquiler.

Por último, cabe destacar que si bien al sistema Siradig recién se podrá entrar en marzo, el beneficio impositivo será retroactivo al 1er de enero.

                                                                                                                      Claudio Raso
                                                                                                                      Marzo 2017