ALQUILERES Y CRÉDITOS HIPOTECARIOS: DECRETO 320/2020 -BOLETÍN OFICIAL- 29/03/2020
El gobierno decidió en las últimas horas a través de un decreto de necesidad y urgencia las nuevas normas que por seis meses mantendrán los actuales valores de créditos hipotecarios y alquileres y que ya están publicadas en el Boletín Oficial.
Respecto a los créditos hipotecarios:
- Se congela el valor de las cuotas de créditos hipotecarios de inmuebles destinados a vivienda única a los valores del mes de marzo,
- Mantener el valor de las cuotas de créditos U.V.A.,
- Se suspenden por 6 meses las ejecuciones hipotecarias de inmuebles destinados a vivienda única.
Respecto a los alquileres:
- Suspender los desalojos por falta de pago y renovación de contratos hasta el 30 de septiembre,
- Mantener los valores de alquiler al mes de marzo,
- Las deudas por alquileres impagos se abonarán en 3 cuotas mensuales sin intereses a pagar desde octubre,
- El decreto alcanza a inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural, inmuebles afectados a actividades culturales o comunitarias; también están incluidas propiedades alquiladas por cooperativas de trabajo y pequeñas y medianas empresas (pymes) que presten servicios comerciales o industriales,
- Quedará exceptuado del pago el inquilino que acredite ser trabajador informal o estar desempleado.
Mas información ingresando a este enlace:
BOLETÍN OFICIAL REPÚBLICA ARGENTINA https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227247/20200329
El gobierno decidió en las últimas horas a través de un decreto de necesidad y urgencia las nuevas normas que por seis meses mantendrán los actuales valores de créditos hipotecarios y alquileres y que ya están publicadas en el Boletín Oficial.
Respecto a los créditos hipotecarios:
- Se congela el valor de las cuotas de créditos hipotecarios de inmuebles destinados a vivienda única a los valores del mes de marzo,
- Mantener el valor de las cuotas de créditos U.V.A.,
- Se suspenden por 6 meses las ejecuciones hipotecarias de inmuebles destinados a vivienda única.
Respecto a los alquileres:
- Suspender los desalojos por falta de pago y renovación de contratos hasta el 30 de septiembre,
- Mantener los valores de alquiler al mes de marzo,
- Las deudas por alquileres impagos se abonarán en 3 cuotas mensuales sin intereses a pagar desde octubre,
- El decreto alcanza a inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural, inmuebles afectados a actividades culturales o comunitarias; también están incluidas propiedades alquiladas por cooperativas de trabajo y pequeñas y medianas empresas (pymes) que presten servicios comerciales o industriales,
- Quedará exceptuado del pago el inquilino que acredite ser trabajador informal o estar desempleado.
Mas información ingresando a este enlace:
BOLETÍN OFICIAL REPÚBLICA ARGENTINA https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227247/20200329
Claudio Raso
Corredor Público Inmobiliario
Marzo 2020