USURPACIONES, TESTIMONIOS Y PROCESO JUDICIAL
Relato de damnificados de delitos de usurpación en el programa Código Penal del canal A24 del día 31 de marzo de 2019. El delito de usurpación en la República Argentina.
Usurpación: ARTICULO 181 Código Penal
Será reprimido con prisión de seis meses a tres años:
1º el que por violencia, amenazas, engaños,
abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de
la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho
real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el
inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;
2º
el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare
los términos o límites del mismo;
3º
el que, con violencias o amenazas, turbare la posesión o tenencia de
un inmueble.
(Artículo
sustituido por art. 2° Ley N° 24.454 B.O. 7/3/1995)
Es así que, un propietario cuyo inmueble fue usurpado debe, en
principio, efectuar la denuncia; y que, como es un delito de acción pública,
puede presentarse como querellante, a efectos de acelerar el proceso. La
policía recibe la denuncia y tiene que avisar al juez para que el damnificado
se presente como querellante conjunto, eso lo habilita para acelerar la causa.
Los jueces ordenan desalojo con el auto de procesamiento; dicho desalojo puede
exceder los tiempos que dispone el Código Procesal Penal.
La
usurpación de terrenos y viviendas se convirtió en el último tiempo en una de
las principales preocupaciones a lo largo y ancho de Mar del Plata. Por eso,
representantes de los barrios Playa Serena, San Patricio, Juramento,
Antártida Argentina, Faro Norte, Bosque Peralta Ramos, Punta Mogotes,
Constitución, 2 de Abril y Acantilados se reunieron para determinar qué
pasos seguir en caso de detectar la ocupación ilegal de un lote.
Liliana Ballanti,
presidenta de la sociedad de fomento de Alfar, dijo que pese a que “sigue
siendo un problema serio, es la primera vez que se está trabajando como
corresponde para erradicar este tipo de prácticas”. En ese marco, mencionó la
creación de la Fiscalía 12, a cargo de Mariano Moyano, que se ocupará de recibir
denuncias e investigar casos de usurpaciones. No obstante, la fomentista subrayó que es necesario que el vecino
“asuma el compromiso y denuncie posibles usurpaciones”, más allá de que no se
trate del propietario. “Si alguien ve que están cercando un lote y conoce al
verdadero dueño, debe llamar al 911 o a la comisaría correspondiente
para dar aviso”, explicó, y agregó que una vez en el lugar, el personal
policial “se ocupará de verificar la documentación y hacer la averiguación de
antecedentes”.
Para
efectuar denuncias:
*Propietarios
Usurpados Argentina
*Fiscalía
Nº 12 (Mar del Plata) Juan B. Justo 3655
Claudio
Raso
Martillero
y Corredor Público C.S.M.
Abril
2019